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Beneficios fiscales
Porcentajes de deducción tras la entrada en vigor el 1 de enero de 2024 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.
Si eres una persona física (IRPF)
Deducción en cuota íntegra. Límite 10% base liquidable.
- Hasta 250€ de donación: 80% (de los primeros 250€ que dones, te deduces 200€)
- Resto de donaciones a partir de 250€: 40% (a partir de los siguientes 250€) o 45% (siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe)
* No olvides consultar deducciones adicionales en determinadas comunidades autónomas.
Si eres una persona jurídica (IS)
Deducción en cuota íntegra. Límite 15% base imponible.
- 40%
- 50% (siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe)